Hub Fiscal Colombia

Glosario · tributario

Anticipo de renta

Respuesta rápida: Pago anticipado del impuesto del año siguiente.

Definición

Pago obligatorio del impuesto sobre la renta del año siguiente. Equivale al 75 % del impuesto del año anterior, descontando las retenciones practicadas.

Marco legal

Art. 807 ET

Más términos de tributario

Fuentes

  • Art. 807 ET
  • Estatuto Tributario y normativa aplicable

Las normas se citan a título informativo y enlazan al texto oficial cuando está disponible. La interpretación oficial corresponde a la DIAN, las secretarías de hacienda y los tribunales competentes.