Seguridad social para independientes: cómo cotizar
Cómo calcular y pagar los aportes a salud, pensión y ARL si trabajas como independiente o por contrato de prestación de servicios.
¿Quién debe cotizar?
De acuerdo con el Art. 244 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1273 de 2018, todo trabajador independiente con ingresos mensuales iguales o superiores a 1 SMMLV debe cotizar a salud y pensión. La cotización es obligatoria para mantener vigentes los servicios.
Cálculo del IBC
El Ingreso Base de Cotización es el 40 % de los ingresos mensuales, sin que sea inferior a 1 SMMLV ni superior a 25 SMMLV. Sobre el IBC se aplican las tarifas:
- Salud: 12,5 %.
- Pensión: 16 %.
- ARL: 0,522 % a 6,960 % según el riesgo del contrato.
Calcula tus aportes con la calculadora de aportes independientes.
Cómo pagar
Se hace por la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), accesible a través de operadores autorizados (Aportes en Línea, SOI, etc.). El pago corresponde al mes anterior y vence según los dos últimos dígitos del NIT.
Errores frecuentes
- Cotizar sobre el 40 % cuando debe ser sobre el 100 % en el régimen subsidiado.
- Olvidar que la base mínima es 1 SMMLV, aunque no se hayan generado ingresos en el mes.
- No actualizar el ingreso real ante variaciones, lo que genera retroactivos.