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Pregunta · factura

¿Quién debe facturar electrónicamente?

Respuesta corta: Todos los responsables de IVA, los obligados a expedir factura, los del Régimen Simple y los no responsables de IVA con ingresos > 3.500 UVT.

Respuesta detallada

La Resolución DIAN 000165 de 2023 obliga a facturar electrónicamente: responsables de IVA y de INC; quienes ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a las mismas; comerciantes; productores agropecuarios; y demás obligados a expedir factura conforme al Art. 615 ET. Las personas naturales no responsables de IVA están obligadas si superan los topes del parágrafo 3 del Art. 437 ET.

Guía

Factura electrónica DIAN: obligaciones y proveedores

Guía sobre la facturación electrónica obligatoria en Colombia: validación previa, documentos equivalentes y software autorizado.

Última revisión: 2025-12-03.

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Fuentes

  • Resolución DIAN 000165 de 2023
  • Art. 615 ET

Las normas se citan a título informativo y enlazan al texto oficial cuando está disponible. La interpretación oficial corresponde a la DIAN, las secretarías de hacienda y los tribunales competentes.